Se acoge a trámite demanda por daño ambiental en Tierra Amarilla
CONTRA EL ESTADO Y EMPRESAS MINERAS. Habitantes solicitan medidas de remediación y monitoreo ambiental.
El Primer Tribunal Ambiental acogió la demanda interpuesta por habitantes de Tierra Amarilla por daño ambiental, al acusar que botaderos, acopios y depósitos de residuos mineros ubicados dentro y en las cercanías de la zona urbana de la comuna han provocado afectaciones al aire, el suelo, la flora, la fauna, los ecosistemas y la salud de la población. Según los demandantes, estos depósitos contienen material particulado fino y metales asociados a operaciones mineras.
La acción judicial fue interpuesta en contra del Fisco de Chile, Lundin Mining SpA, Compañía Contractual Minera Candelaria y Compañía Contractual Minera Ojos del Salado. La presentación argumenta que la afectación sería acumulativa, crónica y permanente, por lo que, a juicio de los demandantes, existiría un daño ambiental actual que seguiría en expansión por la persistencia de las emisiones en sectores próximos a Villa Estadio, Escuela Luis Uribe y Nantoco.
Entre las medidas solicitadas se encuentran la remoción, estabilización, confinamiento o cobertura definitiva de los depósitos de residuos mineros; la prohibición del tránsito de camiones sin sistemas adecuados de contención de carga por zonas urbanas; la implementación de programas permanentes de monitoreo ambiental; la realización de estudios técnicos independientes sobre dispersión de material particulado; y la adopción de medidas de remediación, prevención y seguimiento ambiental. Asimismo, se solicitó que los costos de implementación de dichas medidas sean asumidos por las demandadas.
Los demandantes solicitaron una medida cautelar innovativa consistente en la realización de un análisis químico y mineralógico de los materiales depositados en sectores aledaños a Villa Estadio y la Escuela Luis Uribe.
Analizados los antecedentes, el tribunal determinó que los antecedentes acompañados no permiten configurar una presunción grave del derecho reclamado ni acreditar la existencia de un riesgo actual, concreto e inminente de un perjuicio irreparable.
La decisión de no acoger la medida cautelar fue acordada con el voto en contra del ministro Marcelo Hernández Rojas, quien estuvo por conferir traslado y requerir antecedentes adicionales para pronunciarse sobre la medida cautelar.
Fuente: Diario Atacama

